RESOLUCION DE LA ASAMBLEA GENERAL


Montevideo, 29 de agosto de 2012

 

APROBADA CON  658 VOTOS A FAVOR 

21 votos en contra y 17 votos abstenciones
  

Compañeras y compañeros:

Esta Asamblea General tiene por cometido evaluar el presente Convenio Colectivo y Salarial que se pone a consideración de la misma, tomando en cuenta el proceso de lucha y de negociación que concluyó con la firma del preacuerdo alcanzado el día martes 21 de agosto en el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.

Luego de casi tres meses de conflicto durante los cuales desarrollamos un plan de acción basado en la movilización, en la negociación y en un marco permanente de la búsqueda de acumulación de fuerzas , que nos permitiera alcanzar la victoria que finalmente conquistamos, y cuya táctica estuvo sustentada por:

  • la realización de 3 movilizaciones a nivel nacional y un paro general de 24 horas
  • 51 Asambleas informativas en todo el país.
  • Un plan de propaganda que consistió en desplegar 520.000 volantes, 1500 afiches, 31.000 informes  del Consejo Central a los sindicatos de base.
  • El sostenimiento de una audición radial y la participación en distintas conferencias de prensa y entrevistas periodísticas a nivel nacional.
  • El desarrollo de este plan de lucha insumió 48 horas de paro. A ello hay que agregarle el paro de 8 a 20 horas para Montevideo en el día de hoy, para facilitar la participación de las y los compañeros en esta Asamblea General.

Leer y Bajar la Resolucion completa PDF.

ACTA DE PREACUERDO EN CONSEJO DE SALARIOS:


En Montevideo, el 21 de Agosto de 2012, reunido el Consejo de Salarios Grupo N° 15, Servicios de Salud y Anexos, integrado en representación del Poder Ejecutivo por:

Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, por Dr. Nelson Díaz, Lic. Fausto Ancelotti y Lic. María Laura Torterolo, Ministerio de Salud Pública, representado por la Ec. Gabriela Pradere y el Ministerio de Economía y Finanzas, representado por el Ec. Martín Vallcorba; en representación de los Trabajadores por: Sres. Jorge Bermúdez, Ramón Ruiz, Cecilia Miller, Leda Ballestero, Héctor Dos Santos y Eolo Mendoza; yen representación de los Empleadores, Sr. José Luis González y Dr. Ariel Bango, asistido por la Dra. Cristina Martínez; quienes expresan:

En este estado, el Consejo de Salarios, con delegados presentes y conformes de ambos sectores profesionales,

PREACUERDAN

—————————TRABAJADORES NO MÉDICOS————-

PRIMERO. Vigencia.

La vigencia del presente convenio será del 01/07/2012 al 30/06/2015.

 

CAPITULO I – FORMULA SALARIAL

SEGUNDO– Ajuste de salarios

  1. Periodicidad de los ajustes: tres ajustes anuales (1º de julio de 2012, 1º de julio de 2013, 1º de julio de 2014).
  1. B.   Componente de los ajustes salariales trasladables a cuotas y precios regulados:
  2. Ajuste por inflación – Porcentaje por concepto de inflación esperada anual: meta de inflación fijada por el Comité de Coordinación Macroeconómica para el período de vigencia del aumento, de acuerdo a lo previsto en el artículo 2º de la ley Nº 18.401, de 24 de octubre de 2008. En caso de que la meta de inflación se establezca en términos de un rango, se tomará en consideración el centro del mismo.

Correctivo: las eventuales diferencias, en más o en menos, entre la inflación esperada y la efectivamente registrada en cada uno de los años (julio – junio) se corregirá en el siguiente ajuste salarial. Para calcular la inflación efectiva se considerará el dato del Instituto Nacional de Estadística (INE) correspondiente al período considerado.

  1. Aumento de salario real – El incremento de salario real se realizará tomando en consideración un componente macro y uno sectorial

II.1.              Componente macro: crecimiento esperado de la producción por ocupado de la economía para el período de vigencia del ajuste. Se tomará en consideración la mediana de las expectativas que surja de la última Encuesta de Expectativas Económicas relevada por el Banco Central del Uruguay (BCU) disponible al 30 de junio de cada año, disponible en http://www.bcu.gub.uy.

Indicador: a efectos de determinar el ajuste que corresponda aplicar, se considerará el siguiente indicador:

(1 + variación PBI) / (1 + variación Empleo) -1

Correctivo: se aplicará un correctivo teniendo en cuenta la diferencia entre las expectativas consideradas en el ajuste y las variaciones observadas del indicador en el mismo período. Dado el desfasaje que existe en la información disponible, el correctivo se aplicará en dos etapas: un anticipo (junto al siguiente ajuste salarial) y una liquidación final (junto al siguiente segundo ajuste salarial)

Anticipo del correctivo: se realizará en ocasión del siguiente ajuste salarial. Al no disponerse de las variaciones observadas del indicador, se considerarán los datos que surjan de la última Encuesta de Expectativas Económicas disponible al 30 de junio de cada año, para el período de vigencia del ajuste que corrige (julio – junio de los años que correspondan)

Liquidación final del correctivo: se realiza en ocasión del siguiente segundo ajuste salarial, corrigiéndose por las variaciones observadas del indicador, teniendo en cuenta el anticipo otorgado.

Metodología para la liquidación final del correctivo:

  • El componente macro se calcula como el cociente entre la variación del PIB y la variación del empleo:

(1 + VarPIBt) / (1 + VarEmpleot) – 1.

  • La variación del PIB a junio del año t se calcula como:

(Promedio últimos 4 trimestres del IVF PIB a junio del año t) /
(Promedio últimos 4 trimestres del IVF PIB a junio del año t-1) – 1

  • La variación del empleo a junio del año t se calcula como:

(Promedio últimos doce meses de los ocupados a junio del año t) /
(Promedio últimos doce meses de los ocupados a junio del año t-1) – 1

El dato de ocupados mensual se extrae del siguiente cálculo, considerando la tasa de empleo (TE) y la Población en Edad de Trabajar (PET):

Ocupadosmes t, año t = (TEmes t, año t * PETaño t) / 100

Fuentes de datos

  • Para el cálculo del PIB: se emplea la serie de IVF trimestral del PIB datos armonizados, publicado por el Banco Central del Uruguay en: www.bcu.gub.uy, en la siguiente ruta dentro de la web: Estadísticas y Estudios/Estadísticas Económicas/Cuentas Nacionales/Últimos datos-información reciente/Datos trimestrales/Series armonizadas/PIB según industrias/IVF base trim prom 2005 (cuadro_ 42t).
  • Para el cálculo del empleo: se utilizan los datos de tasa de empleo (TE) publicados en forma mensual por el INE a nivel de total país en:

http://www.ine.gub.uy/actividad/empydesemp2008.asp?Indicador=ech, en Tasa de actividad, empleo y desempleo, por sexo. Período 2006 al último dato disponible. Seguir leyendo «ACTA DE PREACUERDO EN CONSEJO DE SALARIOS:»

COMUNICADO A LOS SINDICATOS DE BASE , ¡¡¡LUCHAMOS Y VENCIMOS!!!


Montevideo, 22 de agosto de 2012 

Compañeras y compañeros:

La presente es una primera evaluación que hace el Consejo central a partir de la firma del preacuerdo alcanzado en el día de ayer martes 21 de agosto en el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.

Luego de casi tres meses de conflicto durante los cuales desarrollamos un plan de acción basado en la movilización, en la negociación y en un marco permanente de la búsqueda de acumulación de fuerzas , que nos permitiera alcanzar la victoria que finalmente conquistamos, y cuya táctica estuvo sustentada por

  • la realización de 3 movilizaciones a nivel nacional y un paro general de 24 horas
  • 29 Asambleas informativas en Montevideo
  • 22 Asambleas informativas en el interior
  • Un plan de propaganda que consistió en desplegar 450.000 volantes, 1200 afiches, 21.000 informes  del Consejo Central a los sindicatos de base.
  • El sostenimiento de una audición radial y la participación en distintas conferencias de prensa y entrevistas periodísticas a nivel nacional.
  • El desarrollo de este plan de lucha insumió 48 horas de paro. Seguir leyendo «COMUNICADO A LOS SINDICATOS DE BASE , ¡¡¡LUCHAMOS Y VENCIMOS!!!»

COMUNICADO A LOS SINDICATOS DE BASE


Montevideo, 17 de agosto de 2012

¡¡¡PARO DE 24 HORAS, OTRO PASO HACIA LA VICTORIA!!!

Compañeras y compañeros: Por intermedio de este pequeño informe hacemos llegar un abrazo fraterno del Consejo Central de FUS a las y los miles de trabajadores de la salud privada que llevaron adelante en todo el país el paro Nacional de 24 horas, en la lucha por la conquista de un nuevo Convenio Colectivo y salarial y contra las pretensiones de las patronales, particularmente de FEMI, de desregular, y flexibilizar nuestras condiciones laborales.
La jornada de lucha de hoy sin duda marcará en buena medida el futuro de la actual negociación, y es una respuesta concreta también a la intención de extender la jornada laboral a 8 horas.
Todo esto es parte del objetivo largamente acariciado por las patronales de romper la unidad de acción de nuestra federación, liquidando el laudo único nacional. Seguir leyendo «COMUNICADO A LOS SINDICATOS DE BASE»

COMUNICADO A LOS SINDICATOS DE BASE


 

Montevideo, 16 de agosto de 2012

 

El Consejo Central de FUS,  habiendo  tomado conocimiento en forma extraoficial de la convocatoria para el próximo lunes 20 de agosto, a un encuentro de representas de usuarios y trabajadores a los Consejos Consultivos de Montevideo en el local de eventos del BPS; deja bien en claro que esta actividad no cuentani con el aval ni con la participación oficial de FUS.

Este hecho implica un desconocimiento en primer lugar a la JUNASA (donde no se informó de este evento) y a la  representación de trabajadores en la misma.

Nuestra Federación  defiende firmemente los espacios de participación que hemos conquistado los trabajadores con nuestra  lucha. Entendemos que respetando los mismos es como profundizaremos su accionar y haremos que cumplan su rol histórico, de lo contrario serán estructuras vacías de contenido, apenas cáscaras huecas para crear la ilusión de participación popular.

En resumen compañeros, la FUS no avala  este tipo de acciones que en definitiva confunden a la gente y des acumulan en el proceso de profundización de los cambios.

 

Jorge Bermúdez            Olivia Pardo

Representación de Trabajadores en JUNASA

Crea una web o blog en WordPress.com

Subir ↑