- PARA QUE SE RESPETEN LOS ACUERDOS DE LOS CONSEJOS DE SALARIOS
- POR LA APROBACION DE LA LEY DE NEGOCIACION COLECTIVA.
- CONTRA LAS MANIOBRAS DE LOS PATRONES.
- POR MAS Y MEJOR SISTEMA NACIONAL INTEGRADO DE SALUD
QUE NOS PAGUEN EL AUMENTO SALARIAL!!!
QUE NOS PAGUEN EL AUMENTO SALARIAL!!!
Los salarios mínimos por categoría del Grupo 15 se incrementaron en un 11.76%.
Se aprobó Proyecto de Licencias Especiales para los Trabajadores Privados.
Los trabajadores privados tendrán licencias especiales por estudio, por matrimonio, por nacimiento y por duelo, al aprobarse la ley correspondiente.
Ahora sólo resta que lo promulgue el Poder Ejecutivo y se haga ley en toda su dimensión. La ley establecerá licencias pagas anuales por estudio, por paternidad, adopción o legitimación adoptiva, por matrimonio y por fallecimiento de familiares cercanos. Los días de asueto no podrán canjearse por salarios o compensación alguna.
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Unos 35 mil trabajadores del campo ajustan 26% su salario.
Cuatro rubros de la granja firmaron un nuevo convenio laboral en los Consejos de Salarios y, de esta forma, más de 35 mil trabajadores rurales tendrán un aumento de hasta un 26%. Además se redefinieron las categorías laborales, cuya última actualización había sido en 1950.
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En Montevideo, el primero de septiembre de 2008, comparecen ante el MTSS,
POR UNA PARTE, en representación del Poder Ejecutivo, MTSS, Dr. Nelson Díaz, Lic. Fausto Lancellotti, Lic. Laura Torterolo y por el MSP Cra. Giselle Jorcin y Econ. Gabriela Pradere;
POR OTRA PARTE, en representación de los Trabajadores No Médicos (FUS), los Sres. Ramón Ruiz, Néstor Pereyra, Rodrigo Ponce de León y Francisco Amorena y en representación de los Trabajadores Médicos (SMU), Dr. Alfredo Toledo, Dr. Julio Trochansky y Dra. Alicia Ceres, asistidos por el Esc. Julio Lorente y el Econ. Luis Lazarov
y POR OTRA PARTE, en representación de los Empleadores, Dr. Julio Martínez, Dr. Roman Garrido, Dr. Carlos Cardoso, Dr. Ariel Bango.
SEGUNDO: Las partes solicitan en este acto la homologación por el Poder Ejecutivo del convenio citado y sus anexos.
TERCERO: Este Consejo resuelve que en oportunidad de realizarse los siguientes ajustes salariales, el mismo se reunirá a efectos de determinar con precisión el porcentaje de incremento que corresponda.
CUARTO: Leída la presente acta se otorga en el lugar y fecha indicado.ACTA DE CONSEJO DE SALARIOS: Leer el resto de esta entrada »
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